La Corte Suprema de la Nación ratificó que la responsabilidad por los créditos laborales no es extensible a los directores o al presidente del directorio de una empresa. Lo hizo en una causa presentada por un trabajador, de apellido Oviedo, quien demandó a las empresas Telecom Argentina S.A., Tel 3 S.A. y Cotelar S.R.L. por diversos créditos salariales y por una indemnización por despido.
La decisión de la Corte se produce tras la apelación contra un fallo de la Sala II de la Cámara Nacional del Trabajo, que había confirmado la sentencia de primera instancia. El tribunal había considerado solidariamente responsables a las tres empresas, ya que entendió que el trabajador había realizado tareas de reparación e instalación de líneas telefónicas bajo la dirección de Telecom, y que ésta -a su vez- utilizó dos empresas intermediarias, Tel 3 y Cotelar, a fin de ocultar el carácter de empleadora directa.
Paralelamente a ello, en el fuero laboral había extendido la responsabilidad a Enrique Garrido, Andrea Mangoni y al actual Canciller Gerardo Werthein, quienes presidieron o integraron el directorio de Telecom Argentina S.A. Fue tras considerar que la situación que se debatía en el juicio encuadraba dentro de los artículos 59 y 274 de la Ley de Sociedades, en cuanto dispone la responsabilidad patrimonial del presidente o directores cuando se realizan “actos ilícitos tendientes a encubrir un contrato de trabajo”.
Según había considerado la Cámara del Trabajo, los directivos obraron con pleno conocimiento de la naturaleza de la relación laboral y tuvieron la deliberada intención de no registrar el vínculo con el trabajador, por lo que resultaban solidariamente responsables.
Tanto la empresa como la defensa de los directivos apelaron la decisión y llegaron en queja a la Corte. Estos últimos señalaron que se trató de una decisión arbitraria y que se les extendió la responsabilidad por el mero hecho de ocupar el cargo de directores de Telecom sin que mediara actuación personal alguna en el hecho.
Werthein explicó que en empresas grandes como Telecom las funciones del directorio se concentran en resolver cuestiones estratégicas y supervisar la primera línea de ejecutivos. Y agregó que se delegan las funciones de administración y gestión de los negocios sociales ordinarios y su ejecución.
Por su parte, Mangoni aseguró que la sentencia omitió toda consideración acerca de su falta de intervención personal en los actos cuestionados.Garrido, por último, consideró que la contratación de la empresa Tel 3 SA era anterior al comienzo de su desempeño en el directorio y aseguró que no era posible atribuir responsabilidad a los directores en forma automática.
Decisión de la Corte Suprema en un caso de indemnización
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