La Isla de Annobón sufre una despiadada persecución por parte del régimen de Guinea Ecuatorial desde largo tiempo atrás. Como es conocido, el año pasado la isla fue militarizada y se produjeron redadas masivas de ciudadanos. El 6 de septiembre de 2024 se interpuso una denuncia por parte del abogado español, Aitor Martínez Jiménez, en representación de las 37 personas arrestadas, y del Primer Ministro de Annobón, Orlando Cartagena Lagar, ante el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
El pasado 12 de mayo de este 2025 el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias, del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, resolvió acordar una histórica resolución por la que condena a Guinea Ecuatorial por la detención arbitraria de 37 ciudadanos de Annobón en el marco de la represión desatada contra la isla. El GTDA ha solicitado:
“3. Decisión” (página 15):
- La inmediata liberación de los 37 presos (párrafo 118).
- Repararles con una indemnización (párrafo 118).
- Desplegar una investigación contra los responsables de esas detenciones y las violaciones a sus derechos (párrafo 119).
- Y la obligación de difundir la resolución por todos los medios disponibles y lo más ampliamente posible (párrafo 120).
Además, al afirmar que está “alarmado” por lo sucedido (párrafo 114) solicita hacer una visita in situ al país (párrafo 115).
La resolución fue notificada a Guinea Ecuatorial por el conducto diplomático de Naciones Unidas. Y hace dos días, el 10 de junio de este 2025, la resolución ha sido notificada a Aitor Martínez, el abogado de las víctimas, por el conducto de Naciones Unidas en Ginebra.
En el corto plazo la resolución será oficialmente publicada por la ONU en la web oficial del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de la ONU:
https://www.ohchr.org/en/special-procedures/wg-arbitrary-detention/opinions-adopted-working-group-arbitrary-detention/opinions-adopted-working-group-arbitrary-detention-its-102nd-session
Finalmente, Guinea Ecuatorial no ha tenido más opción que cumplir con la resolución de la ONU y el mismo 10 de junio de este 2025 que se notificaba la resolución, Obiang ha procedido a anunciar en sus medios oficialistas el indulto de los 37ciudadanos anoboneses detenidos ilegalmente, fruto de la represión desplegada contra la isla desde largo tiempo atrás.
Anuncio del Gobierno el mismo 10 de junio de este 2025 en Revista Real EquatorialGuinea (clickar para ver la noticia).
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Antecedentes
1. El pasado 6 de septiembre de 2024 se interpuso una denuncia por parte del abogado Aitor Martínez Jiménez, en representación del Primer Ministro de Annobón, Orlando Cartagena Lagar, y de 37 ciudadanos de Annobón que habían sido arbitrariamente detenidos dentro de la persecución que sufre la isla por parte de Guinea Ecuatorial.
2. La denuncia se interpuso ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en concreto, ante el Grupo de Trabajo sobre Detenciones arbitrarias (GTDA).
3. Para un contexto sobre la historia de persecución contra Annobón, así como los hechosocurridos el pasado julio de 2024, que conllevaron la militarización de la isla y las detenciones masivas, se adjunta la denuncia interpuesta ante la ONU.
4. Posteriormente, después de que se abriera un procedimiento contencioso entre las víctimas y el Estado, Guinea Ecuatorial respondió y presentó sus alegaciones el 13 de marzo de este 2025.
5. Y las víctimas y autoridades de Annobón, a través de la representación jurídica de Aitor Martínez, contestaron con las contra alegaciones de 18 de marzo de 2025.
6. Finalmente, el pasado 12 de mayo de 2025 el Consejo de Derechos Humanos de la ONU (Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias) resolvió condenar la detención masiva, sistemática y arbitraria de los ciudadanos de Annobón por parte de Guinea Ecuatorial, solicitando la inmediata liberación de estos ciudadanos annoboneses víctimas de la represión desplegada por el régimen de Obiang. La resolución fue notificada este 10 de junio de 2025, procediendo Guinea Ecuatorial a anunciar el indulto de estos ciudadanos.
7. Como consecuencia de la decisión de la ONU, Guinea Ecuatorial ha procedido a anunciar el indulto general de todos los ciudadanos annoboneses arbitrariamente detenidos en el marco de la sistemática represión desplegada contra la isla.
Pronunciamiento
8. Destacamos algunos elementos de la decisión emitida por la ONU. En la denuncia interpuesta, se solicitaba la determinación de que la detención de estos ciudadanos era arbitraria de acuerdo a 4 de las 5 categorías de detenciones arbitrarias manejadas por el GTDA. Solicitamos se acordaran las categorías I, II, III y V, ya que la categoría IV sólo aplica a solicitantes de asilo o inmigrantes en situación de detención administrativa. Por ello solicitamos que se reconociera que la detención era arbitraria bajo todas las fórmulas reconocidas y aplicables al caso, incluyendo la Categoría I (por ser imposible invocar fundamento jurídico alguno que la justifique), Categoría II (cuando la detención se haya producido en respuesta al legítimo ejercicio de derechos civiles y políticos), Categoría III (cuando la detención se ha producido en quebrantamiento grave de las normas de derecho internacional sobre un juicio justo e imparcial), y Categoría V (cuando la detención arbitraria ha sido producto de una política de discriminación racial, étnica, religiosa, política, etc.).
9. Pues bien, Guinea Ecuatorial ha sido condenada por TODAS las categorías de detención arbitraria que denunciamos y que eran aplicables (categorías I, II, III y V), lo que demuestra la GRAVEDAD de las violaciones a los derechos humanos de los ciudadanos annoboneses.
10. Destacamos que, además de las categorías I, II y III (que demuestran las graves violaciones cometidas), el GTDA ha reconocido la violación bajo la Categoría V, que identifica que las mismas se han cometido como consecuencia de una persecución al “tratarse de discriminación” contra un pueblo por motivos “étnicos, culturales, de origen nacional”, que como indica el GTDA demuestran que se está ignorando “el principio de igualdad de los seres humanos”. La condena por esta Categoría V, además de ser marcadamente inusual, demuestra la existencia de una política de persecución contra el pueblo de Annobón por cuestiones étnicas, nacionales y culturales, base de la reivindicación de ese pueblo para que se revise su autodeterminación.
11. Para finalizar, nos congratulamos de que la estructura institucional de protección de los derechos humanos de Naciones Unidas haya dado la razón al pueblo de Annobón con esta victoria histórica, y que Guinea Ecuatorial haya sido compelida a liberar a los ciudadanos annoboneses que desde hace meses han sido víctimas de brutales violaciones a los derechos humanos.
12. Después de esta larga batalla legal, podemos concluir que vemos con satisfacción cómo, el sistema de protección que reside en Naciones Unidas, ha dado la razón a los reclamos del pueblo de Annobón en relación a la persecución que sufre por parte de las autoridades de Guinea Ecuatorial.
13. Con esta victoria histórica ante la ONU, y observando cómo Guinea Ecuatorial ha sido obligada a liberar a los ciudadanos annoboneses que desde hace meses han sido víctimas de brutales violaciones a los derechos humanos, se da un paso más en la lucha por los derechos de Annobón.
14. Sin embargo, la situación de Annobón, militarizada actualmente, con graves violaciones a los derechos humanos de la población local, y en el marco de un patrón sistemático de agresiones históricas, necesita de muchas acciones internacionales adicionales para lograr la efectivaliberación y reparación de su pueblo.
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