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Sociedad

Por qué ARCA no investiga transferencias de $500.000 en billeteras virtuales en febrero de 2025

Las regulaciones actuales de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero definen criterios específicos para detectar transacciones que puedan necesitar una revisión más exhaustiva.

El propósito de estas medidas es resguardar la seguridad del sistema financiero sin interferir en las operaciones diarias de los usuarios.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) monitorea las transferencias financieras para asegurar la transparencia del sistema y prevenir actividades ilícitas, como la evasión fiscal y el lavado de dinero. No obstante, las operaciones por $500.000 no están sujetas a una obligación de reporte, por lo que el organismo no llevará a cabo una investigación directa sobre estos movimientos.

Por otro lado, las entidades financieras, incluyendo bancos y billeteras virtuales, están obligadas a informar a ARCA cuando los ingresos o egresos superen los $600.000. Además, los saldos mensuales de $1.000.000 o más también deben ser reportados. A su vez, las transferencias realizadas a través de plataformas virtuales que excedan los $2.000.000 serán analizadas con mayor detenimiento, ya que estos montos pueden levantar sospechas sobre el origen de los fondos y su legitimidad.

Por ende, las transferencias que no superen los montos establecidos, como las de $500.000, no requieren un reporte automático a ARCA, a menos que sobrepasen otros límites regulatorios o se realicen con una frecuencia inusualmente alta que genere acumulación de saldos mensuales.

En el caso de transacciones efectuadas en monedas extranjeras, criptomonedas o dinero digital, es obligatorio convertir los montos a pesos argentinos con el tipo de cambio vigente, con el fin de evaluar su impacto dentro del sistema financiero y garantizar el cumplimiento de las normativas establecidas.

Transferencias virtuales: todos los documentos necesarios para no tener problemas con ARCA en febrero de 2025

Es importante tener alguno de los siguientes documentos para poder respaldar tus transferencias a cuentas propias o de terceros:

Boletas de compra y venta.

Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa.

Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.

Facturación de los últimos meses.

Constancia del monotributo.

Certificado de fondos emitido por un contador público.

ARCA BILLETERAS VIRTUALES
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