El TSJ ordenó comunicar al Jurado de Enjuiciamiento esta decisión, por lo que a partir de ahora este instituto deberá deliberar como continuar con el proceso que se había puesto en marcha, antes que el TSJ le diera tratamiento a la acción de amparo, medida cautelar y recusación; presentada por Mazzuchelli.
El amparo presentado exponía cuatro argumentos para solicitar la suspensión del Jurado de Enjuiciamiento: 1. Nulidad del proceso de juicio porque consideraba que ya se había cumplido el objeto del mismo; 2. La acusación ya no tenía efecto jurídico; 3. Violación a las garantías de imparcialidad (basándose en dos artículos de la Constitución Nacional que señalan que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo y aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales); y 4. Violación al derecho de recurrir la decisión.
Comentarios