El Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de La Rioja, a cargo del Dr. Héctor Daniel Barría, dictó auto de procesamiento y prisión preventiva contra Eligio Ezequiel González, acusado de homicidio culposo agravado a raíz de un siniestro vial ocurrido el 11 de agosto de 2024.
De acuerdo con la investigación, el hecho se produjo alrededor de la 1.40 de la madrugada, sobre la Ruta Nacional 38, entre las avenidas Malvinas Argentinas y San Nicolás de Bari, cuando un automóvil Peugeot 206 gris, conducido por el imputado, colisionó desde atrás a una motocicleta Honda Wave 110 en la que viajaban un hombre y una mujer. Como consecuencia del impacto, la mujer sufrió graves lesiones y falleció posteriormente en el Hospital Enrique Vera Barros. Tras el choque, el conductor se dio a la fuga, abandonando el vehículo unos metros más adelante.
Las pruebas incorporadas al expediente incluyen actas de inspección ocular, croquis, fotografías del lugar del hecho y de los vehículos, pericias mecánicas y accidentológicas, historia clínica y acta de defunción de la víctima, así como testimonios de testigos y del acompañante sobreviviente. Los informes técnicos determinaron que el rodado mayor fue el vehículo embistente, y que el conductor incumplió los deberes de cuidado y manejo responsable, conforme lo establece el artículo 39 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.
En su declaración indagatoria, el imputado se abstuvo de declarar conforme a lo dispuesto en el artículo 267 del Código Procesal Penal. Al analizar los elementos reunidos, el juez Barría concluyó que existen indicios suficientes de materialidad del hecho y probabilidad de autoría, señalando que el imputado habría actuado con negligencia e imprudencia, provocando el fallecimiento de la víctima.
Por ello, se resolvió dictar auto de procesamiento y prisión preventiva contra Eligio E.G., manteniendo la excarcelación concedida oportunamente. Además, se dispuso el embargo sobre sus bienes por la suma de $2.500.000, para garantizar eventuales costas y sanciones pecuniarias.
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