Política

Concejales modificaron la impositiva 2021


Por mayoría, el cuerpo de concejales aprobó la ordenanza
Nª 5896, modificando los artículos 34, 109 y 111 de la Ordenanza N° 5824
(Impositiva año 2021).


Los mencionados tienen que ver el funcionamiento de
feriantes, calesitas, puestos de pan caseros y ferias americanas en el centro y
alrededores de la Ciudad.
La comisión de Hacienda determinó que los montos tendrán
una actualización tarifaria del 30 por ciento, en base a los siguientes montos:
Juegos lúdicos o de entretenimiento rentados en plazas y paseos públicos, por
mes, las calesitas pagarán 680 pesos, mientras que los inflables 180 pesos por
metro cuadrado. Por cada juego de actividad manual, sin intervención mecánica,
electrónica o eléctrica deberán pagar 310 pesos, mientras que aquellos que
necesiten intervención mecánica, eléctrica o electrónica, 540 pesos. En toda
otra zona, los montos serán los siguientes: calesitas 800 pesos, juegos
inflables 90 pesos por metro cuadrado, por cada juego sin intervención mecánica
o eléctrica 230 pesos y con intervención mecánica o electrónica 350 pesos.
En tanto que con la modificación del artículo 109, quedó
redactado de la siguiente manera: "Entiéndase por puesto fijo la venta en
baja escala y de escaso valor económico, realizado en vía pública, en mesa
exhibidora, mueble o kiosco destinado en ese fin". Con las modificaciones,
abonarán por mes: En zona céntrica, en macrocentro y avenidas, comestible, con
un tamaño del puesto menor a 4 por tres metros cuadrados, una tasa de 1668
pesos; mayor de 4 por tres metros,  3 mil
pesos. Los puestos no comestible menor de 3x4 metros, 1500 pesos; mayor de ese
espacio 2670 pesos. Toda otra zona, comestible o no comestible, con un tamaño
menor a 3x4 metros, 674 pesos, mayor a ese espacio 2000 pesos. Por falta de
pago, las multas pasarán a 4 mil pesos en el centro y otras zonas, 3 mil pesos.
Para la elaboración y comercialización de productos alimenticios, pastelería y
empanadas, en la especialidad pan casero, tortillas, empanadas y churros, para
su instalación se deberá pagar 340 pesos. En tanto que por la modificación del
artículo 111, para la instalación de los stands en paseos públicos, de eventos
públicos y privados, por día, en el tema comestible deberán abonar lo
siguiente: por un espacio menor a 4x3 metros cuadrados, 130 pesos, mayor a ese
espacio 205 pesos. No comestible menor a 4x3 metros, 175 pesos, mayor a ese
espacio 230 pesos. Las ferias americanas o venta de ropa deberán abonar por día
en el microcentro, con un stand menor a las dimensioens de 4x3 metros, 275
pesos; mayor a esa dimensión: 450 pesos. En el macrocentro, 140 pesos para
aquellos que que tengan una dimensión de 3x4 metros cuadrados y 220 pesos si
excede ese espacio. Esta tasa deberá ser pagada antes del evento y por los días
que dure.















Cabe resaltar que antes que se traten los puntos del
Orden del Día, por mayoría se decidió continuar con la sesión, tras la
correspondencia recibida. Cabe resaltar que se presentaron notas, solicitando
la postergación de la misma, por razones sanitarias y de protocolo.

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