Sociedad

El Gobierno informó cómo mantener los subsidios energéticos

El acceso a los Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) está limitado a los hogares que cumplan con parámetros específicos de ingresos y condiciones sociales.
Para poder ingresar al régimen, los hogares deben estar inscriptos en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) y demostrar ingresos netos totales inferiores o iguales a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un "Hogar 2", según los datos del INDEC.
También pueden acceder hogares con un integrante que posea el Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP), una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra o un Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Estos criterios de inclusión y exclusión se encuentran detallados en la Disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, publicada este martes en el Boletín Oficial. Esta normativa establece que el nuevo registro se conformará en un principio con la información existente en el anterior sistema RASE.
Más allá del nivel de ingresos, la autoridad de aplicación puede utilizar indicadores de exteriorización patrimonial para determinar la capacidad de pago de los solicitantes.
Si se detecta alguno de estos signos de capacidad económica en cualquier integrante del grupo familiar, se puede rechazar la solicitud o se la excluirá del subsidio, incluso si se cumple con el requisito de ingresos netos.
Para poder controlar estos requisitos, se realizará un cruce de datos con el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y otras bases oficiales.
Este proceso de evaluación incluirá también criterios de georreferenciación para verificar si es real la situación patrimonial declarada por los usuarios.
Además de la condición de ingresos, se excluye a hogares cuyos integrantes posean al menos un (1) automóvil con una antigüedad igual o menor a tres (3) años. Este criterio no se aplica en el caso de contar con un integrante del hogar titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.
Hogares cuyos integrantes posean, en conjunto, tres o más inmuebles. Hogares en los que al menos un integrante posea una embarcación de lujo. Hogares en los que al menos un integrante posea una aeronave. Hogares en los que al menos un integrante posea activos societarios.

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