Sociedad

El TSJ solicitó vacunar al personal de la Función Judicial


El Tribunal
Superior de Justicia (T.S.J.), en acuerdo administrativo N°15, con fecha 2 de
febrero, se reunió con el objeto de considerar y resolver la solicitud, al
Ministerio de Salud Pública de la Provincia de La Rioja, por la vacunación para
COVID 19 a integrantes de la Función Judicial.

Ante esto, el
TSJ resolvió requerir al Ministerio de Salud la inclusión en el Plan Operativo
de Vacunación para Covid-19, al personal afectado a la prestación del servicio
esencial de justicia. Proponiendo en primer lugar, se aplique la vacuna a los
Agentes de riesgo (Art. 3 Resolución 627/2.021 Ministerio Salud Publica Nación),
luego a Jueces, Funcionarios y Agentes que se desempeñan en el Fuero Penal
(Juzgado de Instrucción y Cámaras Criminal y Correccional) y en la Policía
Técnica Judicial. Con posterioridad el resto de los Jueces, Funcionarios y
Agentes que componen Ia Función Judicial.
Esta decisión se
fundamentó en las consideraciones analizadas por el TSJ, a efectos de continuar
garantizando Ia prestación del servicio y en pos de preservar la salud de los
agentes integrantes de la Función Judicial, como así lo estipula el D.N.U. N°
297/2.020 emanado del Poder Ejecutivo Nacional que establece en su Art, 60 que
quedan exceptuadas del cumplimiento del aislamiento las actividades y servicios
declarados esenciales, especificando en su inciso 3, Personal de los servicios de
justicia de turno.
El Acuerdo
Administrativo contó con la presencia del Presidente del TSJ Dr. Luis Alberto
Nicolás Brizuela, y los Vocales Dres. Claudio José Ana, Camilo Luis Alfredo
Farias Barros, Ricardo Gastón Mercado Luna y Claudio Nicolás Saul; con la
asistencia de la Secretaría Administrativa y de Superintendencia Dra. Ana
Gabriela Núñez Lanzillotto.
Respuesta
del Ministerio de Salud

















Por su parte, el
12 de febrero del corriente año el Ministerio de Salud de la Provincia informó
que las actividades que se desarrollan para la vacunación SARS-CoV-2 responden
a un Plan Estratégico y Operativo cuya coordinación y organización está
encabezada por el Gobierno Nacional y que el Ministerio de Salud de la
provincia solo debe sumarse respetando la política planteada para reducir la
incidencia de la enfermedad, por lo que en una misiva entregada al TSJ se
especificó que resulta necesario respetar el orden de prioridades de los grupos
poblacionales a vacunar; aunque se comprometieron a incluir en el Plan Operativo
de Vacunación al personal afectado a la prestación de servicio esencial de
justicia, una vez cumplido el diagrama escalonado definido como "población
objetivo por riesgo de exposición, función estratégica y riesgo de enfermedad
grave".

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