Sociedad

La ley de Aporte Extraordinario “para sujetos de mayor capacidad contributiva” fue publicada en el Boletín Oficial

La norma fue publicada en el Boletín Oficial de este viernes 17 de mayo y fue promulgada por el decreto Nº 622 del gobernador Ricardo Quintela y tiene fecha del 15 de mayo.
La norma establece que “el Aporte Extraordinario aplicable a Sujetos de Mayor Capacidad Contributiva es de “carácter temporal, de emergencia y obligatorio” y que se encuentran alcanzadas por esta medida “las personas humanas o jurídicas inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y cuyos ingresos sean atribuibles a la jurisdicción de la provincia de La Rioja por el Régimen Local o de Convenio Multilateral -incluidos los ingresos que correspondan a actividades exentas y/o no gravadas- y que en sus bases imponibles declaradas en cada anticipo estipulado en el sean iguales o superiores a $ 200.000.000”. Se aplicará un aporte 25% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos determinado sin deducciones y se pagará sobre los anticipos de mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2024.
La recaudación tendrá una asignación específica que es el Fondo Solidario de Gestión (FO.S.G.A) que “será gestionado y administrado por el organismo que la Función Ejecutiva determine. Este Fondo tendrá como objetivo financiar políticas alimentarias en general, y el Programa Alimentario Riojano (P.A.R.)”.
El FO.S.G.A. estará compuesto por la totalidad de lo recaudado en concepto de aporte extraordinario y por otros aportes que en adelante se dispongan mediante normativa.
La norma creó, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo, Igualdad e Integración Social el Programa el Alimentario Riojano con ”el objeto de garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de toda la población y familias riojanas, con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social. El mismo se encuentra dirigido, principalmente, a aquellas familias y comunidades en situación de pobreza, priorizando los hogares con niños, niñas y adolescentes; personas gestantes; personas con discapacidad y especialmente aquellos donde hay adultos mayores y otros grupos de poblaciones en riesgo.
El Programa Alimentario Riojano se implementará a través de diferentes dispositivos:
P.A.R. Escuela.
P.A.R. Celiaquía.
P.A.R. Social.
P.A.R. Nodos de Alimentos.
En el Ministerio de Desarrollo, Igualdad e Integración Social también se crea el Registro Alimentario Provincial, cuya misión será la de relevar y registrar la información respecto a la situación alimentaria y nutricional de aquellas familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y crisis alimentaria.
La aplicación, percepción y fiscalización del aporte creado está a cargo de la Dirección General de Ingresos Provinciales.

APORTE EXTRAORDINARIO BOLETÍN OFICIAL

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