Política

La Rioja reglamentó el Tribunal de Ética que investigará la conducta de los jueces

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja reglamentó el funcionamiento del Tribunal de Ética Judicial, el organismo encargado de investigar posibles faltas éticas e inconductas de magistrados de toda la provincia. La medida quedó formalizada mediante el Acuerdo Nº 457, publicado este martes en el Boletín Oficial, que establece la integración, las atribuciones y el procedimiento para tramitar las denuncias.

La reglamentación pone en funcionamiento el mecanismo previsto en el Código de Ética para Magistrados de la Función Judicial y establece un ámbito específico para analizar posibles transgresiones a los principios que deben orientar el desempeño de jueces.

La norma lleva las firmas del presidente del TSJ, Claudio Nicolás Saúl, y de los vocales Luis Alberto Nicolás Brizuela, Gabriela I. Asís y Claudio José Ana, en el marco de las atribuciones establecidas por el artículo 160 de la Constitución Provincial y el Acuerdo TSJ Nº 234/2026.

Quiénes integrarán el Tribunal de Ética Judicial

El nuevo organismo estará conformado por tres integrantes, que tendrán rango de vocales y ejercerán sus funciones con carácter ad honorem durante un período de cuatro años. La presidencia estará a cargo de un juez del Tribunal Superior de Justicia. Para esa función fue designado el doctor Luis Alberto Nicolás Brizuela.
Los otros dos lugares serán ocupados por un magistrado jubilado y un abogado jubilado. El primero será designado directamente por el TSJ, luego de un relevamiento de antecedentes y legajos de jueces y camaristas de toda la provincia. Deberá acreditar su condición de jubilado y no ejercer la matrícula profesional.
En el caso del representante de la abogacía, su designación corresponderá también al TSJ, pero deberá surgir de una terna vinculante propuesta por el Consejo Profesional de Abogados y Procuradores de La Rioja. El candidato seleccionado tendrá que acreditar, mediante declaración jurada, que no ejerce la abogacía ni la procuración.
El tribunal tendrá una secretaría propia, a cargo de un funcionario letrado con rango y remuneración equivalentes a los de un secretario del TSJ. También contará con dos empleados administrativos y un técnico informático.

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Su sede estará en la ciudad Capital y para sesionar necesitará la presencia de sus tres integrantes. Las decisiones se adoptarán por mayoría simple y, en caso de empate, el presidente tendrá doble voto.
Como regla general, las sesiones serán públicas. Sin embargo, el cuerpo podrá disponer la reserva de las actuaciones cuando las características del caso requieran proteger la intimidad de las personas involucradas o por la gravedad de los hechos investigados.

Cómo se podrán presentar las denuncias

El reglamento habilita a cualquier ciudadano u operador judicial que considere que un magistrado incurrió en una conducta contraria a los principios éticos de la función a presentar una denuncia ante la secretaría del Tribunal de Ética.
Una vez recibida la presentación, el organismo deberá analizar su admisibilidad y, si corresponde, iniciar una investigación preliminar. Para esa instancia se aplicarán los parámetros del Reglamento Disciplinario de la Función Judicial, aprobado mediante el Acuerdo TSJ Nº 883/2023.

Ante denuncias y posterior investigación, dicho tribunal podrá solicitar informes a organismos con el fin de esclarecer los hechos.

La normativa también establece condiciones para garantizar la imparcialidad de sus integrantes. Los vocales podrán excusarse o ser recusados cuando existan determinados vínculos con el magistrado denunciado, como parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, amistad íntima pública, enemistad manifiesta o relaciones de acreedor y deudor.

Qué decisiones podrá tomar el organismo

Una vez finalizada la etapa de investigación y producción de pruebas, el Tribunal de Ética deberá emitir un dictamen fundado.
A partir de los elementos reunidos, podrá desestimar la denuncia y disponer el archivo de las actuaciones o considerar acreditada la existencia de una infracción ética.
En este último supuesto, el dictamen será elevado al plenario del Tribunal Superior de Justicia, que tendrá a su cargo la decisión final sobre la eventual aplicación de sanciones disciplinarias.

De esta manera, el Tribunal de Ética tendrá a su cargo la investigación y evaluación de las conductas denunciadas, mientras que la potestad de resolver sobre las sanciones continuará en manos del máximo órgano judicial de la provincia.
Con la publicación del Acuerdo Nº 457 y su entrada en vigencia, el Poder Judicial riojano formalizó un procedimiento específico para recibir y analizar denuncias sobre el comportamiento de sus magistrados, con alcance en todas las circunscripciones judiciales de la provincia.

Autor: 175990|
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