De acuerdo a los datos que trascendieron, la norma elimina la instancia de participación ciudadana previa al Senado, acorta plazos y suprime la recomendación de diversidad de género y procedencia regional. La Corte funciona con tres de sus cinco miembros desde fines de 2024.
La norma, elaborada por el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques, modifica el Decreto 222/03 y apunta a eliminar duplicaciones administrativas, reducir plazos y modernizar el sistema de publicación de antecedentes de los candidatos.
El movimiento se produce en un contexto concreto: la Corte funciona con solo tres de sus cinco integrantes. Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti conducen el tribunal desde que quedaron vacantes los lugares de Elena Highton de Nolasco en 2021 y Juan Carlos Maqueda a fines de 2024. El año pasado, el intento de cubrir esas vacantes con el juez Ariel Lijo y el académico Manuel García-Mansilla fracasó: Lijo no alcanzó los dos tercios del Senado y García-Mansilla, nombrado en comisión, terminó renunciando. Milei fue claro: solo avanzará en la integración del tribunal cuando el equilibrio de poder en el Senado se lo permita sin negociar con el kirchnerismo.
Qué cambia el decreto
La modificación central es la eliminación de la instancia de publicación de antecedentes y recepción de observaciones ciudadanas dentro de la órbita del Ministerio de Justicia. El Gobierno argumenta que esa etapa duplica el procedimiento que ya contempla el reglamento del Senado, lo que solo demora el trámite sin agregar valor. La participación ciudadana seguirá siendo posible, pero ocurrirá directamente ante la Cámara alta, no antes de que el pliego llegue a esa instancia.
El sistema de publicación también se moderniza: los antecedentes del candidato ya no se difundirán en el Boletín Oficial ni en diarios nacionales, sino en la web del Ministerio de Justicia, con plazos más acotados. En materia patrimonial, se fija un plazo de cinco días para que los postulantes presenten sus declaraciones juradas y se establece por primera vez un término específico para que la ARCA informe el cumplimiento de las obligaciones impositivas del candidato.
El decreto también suprime la recomendación de que el Presidente contemple criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y procedencia regional al momento de la nominación, una cláusula que la oposición utilizó durante el proceso fallido de Lijo y García-Mansilla para cuestionar las postulaciones. El procedimiento constitucional del Senado, audiencias públicas, impugnaciones y votación por dos tercios, permanece intacto.
Críticas a la iniciativa
La reforma generó cuestionamientos incluso desde las propias filas del Gobierno. Jimena de la Torre, del PRO e integrante del Consejo de la Magistratura, advirtió: "No retrocedamos en calidad institucional. La transparencia, la participación ciudadana y el control público no son trabas: son garantías republicanas".
Con el nuevo esquema, si el Gobierno avanzara con nuevas nominaciones lo haría con un trámite más corto y una sola ventana de participación ciudadana. Cuándo ocurra depende de los votos en el Senado.