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Policiales JUSTICIA

Piden 11 años de prisión para un hombre por abuso de sus sobrinos

El progenitor de los dos niños, víctimas de los delitos imputados, develó que sus hijos habían padecido el abuso.

La Cámara Tercera Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, integrada por los jueces Dra. Edith Agüero, Dra. Sara Lopez Douglas y Dr. Gustavo Farias, llevó adelante la última instancia del juicio contra Pablo F. S. como supuesto autor del delito de abuso sexual con acceso carnal y promoción de la corrupción de menores en concurso real.

En esta instancia de alegatos se encontraba presente en representación del Ministerio Público Fiscal, el Fiscal de Cámara, Dr. José Oliveros Icazatti, el acusado Pablo F. S., con su abogado Defensor, Dr. Fernando Brizuela. En representación complementaria de la víctima, la Defensora de Niños, Niñas y Adolecente, Dra. María del Valle Zárate, y por último, en representación de la querella constituida, las Dras. Gabriela Besada García y Alejandra Natividad Rodríguez.

En la etapa de alegatos la querella encabezada por las Dras. García y Rodríguez solicitaron la pena máxima. A su tiempo la Defensora de N.N. y A., en representación de los niños aseguró que quedó acreditada la conducta indebida del imputado, por lo que solicitó la condena por los delitos que se venía imputando al acusado.

Asimismo, el Fiscal, Dr. José Oliveros Icazatti aseguró que los hechos se produjeron entre 2018 y 2020, y se acreditó por el protocolo de abuso y la declaración de los facultativos médicos, el hecho de Abuso Sexual con Acceso Carnal Como principal hecho probatorio, esto según el fiscal acredita las circunstancias de tiempo, modo y lugar, en la materialidad de los hechos. De esta manera, considera que el acusado es responsable, por lo que se solicitó la pena de prisión de cumplimiento efectivo de 11 años, y declarar el hecho como en contra de los niños, en virtud de las convenciones internacionales

A su tiempo, el abogado Defensor, Dr. Brizuela, aseguró que se pediría la nulidad de la causa, esto basándose en si la requisitoria es completa, precisa, si la comprendió el imputado, y si es congruente con los actos procesales esenciales del proceso. A su entender, el acusado debió conocer desde un principio cual es el hecho del que tenía que defenderse; pero en medio de la alocución del abogado defensor, la audiencia se vió interrumpida por el padre de los niños, quien se encontraba en la sala, y dirigiéndose al abogado defensor con improperios e intentando agredir al acusado, por ello, los Magistrados ordenaron un cuarto intermedio de 10 minutos.

Una vez retomada la audiencia y con un cierto nerviosismo por parte de la defensa del imputado, concluyó pidiendo la nulidad de la requisitoria fiscal. A su vez, que en caso de que el Tribunal considere que es válida, considero que no está probado el acceso carnal en el informe y la declaración de la médica.

Finalizada la etapa de alegatos, el Tribunal le explicó al acusado que el debate estaba por finalizar, que se habían receptado toda la prueba de la causa y que tenía la posibilidad de dirigirse al Tribunal si así lo deseaba, y decir la última palabra. A lo que el acusado manifestó que no deseaba agregar nada más.

El hecho se puso en conocimiento mediante denuncia de día 6 de junio de 2020, cuando el progenitor de los dos niños, víctimas de los delitos imputados, devela que sus hijos habían padecido el abuso por parte de su tío, situación que fue analizada posteriormente mediante cámaras gesell, estudio médico y testimoniales de diferentes familiares. Los hechos habrían ocurrido entre 2018 y 2020, momento en que el niño tenía entre cinco y siete años, cuando vivía en casa de su abuela materna, junto a su hermanito y sus tíos, incluido el imputado.

Alegatos

Durante la jornada de alegatos, el fiscal Oliveros Icazatti indicó que la culpabilidad del sujeto se encuentra demostrada por los diversos elementos de prueba que se presentaron a lo largo del proceso de juicio, entre ellos, la declaración testimonial de la víctima en Cámara Gesell y de su progenitor; más los informes tanto psicológicos como médicos de los estudios que se le realizaron al niño.

Según el representante del MPF, dichos informes visualizan secuelas negativas en el niño, producto de hechos traumáticos vivenciados, que se manifiestan en “pesadillas, conductas hipersexualizadas, extrema susceptibilidad, pensamientos y comportamientos autoagresivos”.

En ese marco, el fiscal de cámara señaló que “el imputado, para satisfacer sus propios deseos sexuales, se aprovechó de la inmadurez del menor, de su confianza y proximidad para someterlo sexualmente. Esta conducta tuvo la entidad suficiente para desviar el normal desarrollo de la sexualidad del niño”.

Por todo ello, el fiscal Oliveros Icazatti pidió al Tribunal la condena máxima -dentro de la escala penal prevista para este tipo de delito-, solicitando que sea sentenciado a 11 años de prisión efectiva por el “Abuso Sexual con Acceso Carnal y Promoción de Corrupción de Menores Agravada por la Edad de la Víctima en Concurso Ideal” (Arts. 119 tercer párrafo, 125 segundo párrafo y 55 del C.P.).

Cabe destacar que durante todo el proceso de juicio, el fiscal Oliveros Icazatti estuvo acompañado por la ayudante fiscal Analuz Zalazar y el equipo técnico de la Unidad Fiscal de Litigación Penal Estratégica y Delitos Complejos.

Queda esperar que el Tribunal presidido por la jueza Edith Agüero; junto a los jueces vocales Sara López Douglas y Gustavo Farías Ariel, dicten sentencia en la causa.

JUSTICIA ABUSO SEXUAL JUICIO

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