A partir de que la concejala Shamira Abdala, dirigente que responde al sector del viceintendente Daniel Miranda y actual presidente del órgano legislativo, quien tomó la decisión de conformar un bloque unipersonal, lo propio hicieron los concejales Omar Rodríguez y Michel Quintero, dejando al oficialismo debilitado, sin mayoría propia y sin quórum.
Si bien todos los bloques pertenecen al Partido Justicialista, la gran mayoría, con el apartamento de varios ediles este año-previo a las elecciones a diputados provinciales, 7 concejales responden a la oposición y 4 al oficialismo.
Este jueves 2 de octubre, durante la sesión ordinaria del Concejo Deliberante, prevista para la hora 18, quien también presentará una nota informando la conformación de un bloque unipersonal, denominado “Energía para el cambio”, es el Concejal Michel Quintero.
De esta manera, el Honorable Concejo Deliberante quedará conformado de la siguiente manera:
Bloque “Frente Federal”: Marcos Arce (oficialismo)
Bloque “Peronistas sin Fronteras”: Irma Bazán, Fernando Zarate y Soledad Narváez (oficialismo)
Bloque “Rosario Vera Peñaloza”: Leonel Fernández, Leonel Bruna y Yohana Montaña (oposición)
Bloque unipersonal “Chepes te quiero”: Shamira Abdala (oposición)
Bloque unipersonal “Energía para el cambio”: Michel Quintero (oposición)
Bloque unipersonal “Construyendo Democracia”: Norberto Cortez (oposición)
Bloque unipersonal “Movimiento Renovador Justicialista”: Omar Rodríguez (oposición)
Concejo Deliberante al Poder Legislativo o Deliberativo de los Municipios
El Concejo Deliberante es el órgano contralor y fiscalizador del Ejecutivo Municipal, además de controlar las acciones encaradas por el municipio, solicitando informes y explicaciones a sus funcionarios y funcionarias.
La función de control es muy importante para el sistema democrático porque garantiza que nadie pueda hacer lo que quiera en el manejo de un gobierno.
La representación de la oposición en el órgano legislativo tiene para que el debate que precede a la sanción de una norma, todos estén representados y no se haga solamente lo que pretende el oficialismo.
Otras de las potestades indelegables del Concejo es precisamente la división de poderes del Estado, cuya función principal es “LEGISLAR”, es decir sancionar normas para la ciudad que se denominan Ordenanzas. Las Ordenanzas las podemos considerar “leyes” con alcance local, es decir, así como la Nación y las Provincias sancionan Leyes, en la Ciudad se sancionan Ordenanzas. También el Concejo Deliberante sanciona Resoluciones, Decretos, y Declaraciones. Además de la función Legislar, tiene la función de “Controlar”, “Administrar” y “Gobernar”.
¿Qué tipo de Sesiones hay?
Las sesiones pueden ser preparatorias, ordinarias, especiales o extraordinarias. El objetivo de la sesión es tratar los proyectos o iniciativas ingresadas al Cuerpo, de acuerdo a un temario acordado denominado “Orden del Día”.
Preparatorias: Dentro de los 15 días de ser proclamados electos por el Tribunal Electoral, la Secretaría Deliberativa, citará a los Concejales para una sesión preparatoria con el objeto de juzgar la elección.
Ordinarias: El período de sesiones ordinarias comprenderá entre el 1° de marzo hasta el 15 de diciembre de cada año
Especiales: Serán consideradas sesiones especiales todas las que se celebren fuera de los días y horas fijados dentro del periodo de sesiones ordinarias.
Extraordinarias: Serán consideradas sesiones extraordinarias todas las que se celebren fuera del periodo ordinario de sesiones, exceptuándose las de prórroga.
Comentarios