Mediante Resolución 918/2024, el gobierno modificó los requisitos para mantener las pensiones no contributivas o las asignaciones que gestiona la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), con el objetivo de ejercer el control de las prestaciones.
La norma, que lleva la firma del titular de Anses Mariano de los Heros, establece como requisito que “la persona titular o generadora de derecho, según corresponda, no cumple con dicho requisito cuando se haya ausentado del territorio de la República Argentina por un período superior al de 90 días corridos”.
De esta manera, para verificar el cumplimiento del requisito de residencia, “se utilizará la información obrante en las distintas bases de datos de la ANSES y aquella remitida por la Dirección Nacional de Migraciones, en el marco de los convenios vigentes entre ambos organismos”, establece la norma publicada hoy en el Boletín Oficial.
Una vez verificado el incumplimiento del requisito de residencia, agrega la norma, “se procederá a la suspensión del beneficio, hasta tanto la persona titular solicite la activación del mismo y se demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país, excepto cuando se trate de prestaciones respecto de las cuales, dicho incumplimiento, implique la pérdida de derecho, en cuyo caso se procederá a la baja de las mismas”.
Este requisito también alcanza a quienes perciben la bonificación zona austral, y aclara que una vez “verificado el incumplimiento de residencia se procederá a la baja de la bonificación, debiendo ser solicitada y probado el derecho a la misma para ser abonada nuevamente”.
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