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Política CONGRESO

El senador Pagotto destacó la Ley de Inocencia Fiscal

Pagotto defendió en el Senado la Ley de Inocencia Fiscal, aprobada por mayoría, y la presentó como una corrección a un sistema tributario “anacrónico y punitivo”.

En la sesión extraordinaria del viernes pasado, el Senado no solo convirtió en ley el Presupuesto 2026, sino que también el oficialismo se anotó otro triunfo con la aprobación de la Ley de Inocencia Fiscal. Con esta iniciativa, el Gobierno nacional apunta a incentivar la incorporación de ahorros no declarados al circuito formal de la economía.

La norma introduce cambios en el Régimen Penal Tributario, en la Ley de Procedimientos Fiscales y en el Código Civil y Comercial, con el objetivo de redefinir los criterios de control y sanción. Además, crea un Régimen de Declaración Jurada Simplificada orientado a facilitar el cumplimiento tributario y reducir la carga administrativa para los contribuyentes.

El senador riojano de La Libertad Avanza, Juan Carlos Pagotto realizó una extensa defensa del proyecto, al que presentó como una corrección necesaria de un sistema tributario que, según afirmó, se había vuelto anacrónico, punitivo y contrario a principios constitucionales básicos.

La iniciativa fue sancionada por 43 votos a favor y 26 en contra

“Es un contrasentido que en un país cuya Constitución consagra el principio de inocencia tengamos que declararlo cada tanto por ley”, sostuvo Juan Carlos Pagotto al defender el proyecto.

Al iniciar su intervención, Pagotto remarcó que la iniciativa debió ser tratada en reiteradas oportunidades y cuestionó el concepto mismo de “inocencia fiscal”. “Se mal llama ley de inocencia fiscal. Es un contrasentido que en un país cuya Constitución consagra el principio de inocencia tengamos que declararlo cada tanto por ley”, sostuvo, y agregó que esa garantía también está prevista en el Pacto de San José de Costa Rica, “muy citado y pocas veces aplicado, o aplicado selectivamente”.

Reforma Penal Tributaria

El senador explicó que la reforma al Régimen Penal Tributaria no tiene vocación de permanencia, sino que responde a un desfasaje generado por la inflación. “Esta modificación no pretende ser una ley ad eternum. No podemos seguir teniendo como condición objetiva de punibilidad un mínimo de un millón y medio de pesos, que hoy es el valor de un par de zapatillas”, señaló.

En ese sentido, el legislador advirtió que el impacto inflacionario produjo un sistema distorsionado que terminó incorporando a casi todos los contribuyentes al radar penal. “La inflación nos ha producido un desbarajuste que nos lleva a un sistema anacrónico de asimetrías que destruyó la economía y deja como clientes del sistema penal tributario a casi todos los contribuyentes”, afirmó.

La iniciativa también eleva de manera significativa los umbrales penales. Para que una conducta sea considerada evasión simple, el monto mínimo pasa de 1,5 millones a 100 millones de pesos. En el caso de la evasión agravada, el piso se fija en más de 1.000 millones de pesos.

Otro de los ejes de su discurso fue la necesidad de limitar las facultades del organismo recaudador. Al respecto, sostuvo que la ley “viene a poner un costo a facultades omnímodas que tenía el fisco”, especialmente cuando se presume una discrepancia significativa entre lo declarado por el contribuyente y lo que el organismo considera incorrecto. “El tributo es una imposición, pero debe tener límites en un Estado de derecho y en un Estado moderno”, remarcó.

Pagotto también defendió la incorporación de reglas claras y procedimientos definidos, y cuestionó el exceso de burocracia. “Hay que facilitarle la vida al contribuyente, como en todos los países civilizados. El exceso de requisitos conspira contra el desarrollo de las actividades y le da un poder omnímodo al Estado”, expresó.

En uno de los tramos centrales de su exposición, Pagotto sintetizó el espíritu de la norma: “A partir de ahora se deja de presumir la culpabilidad para presumir la inocencia. Esto debe regir en todo proceso que tenga connotaciones penales”, sostuvo, y recordó que el debido proceso alcanza también a los procedimientos administrativos y tributarios.

CONGRESO PAGOTTO
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