El Gobierno nacional avanzó con modificaciones en la Ley Nacional de Tránsito 24.449 a través del Decreto 196/2025, introduciendo cambios importantes en los requisitos para tramitar y renovar la licencia de conducir en todo el país.
Entre las principales novedades, se establece la implementación de nuevas condiciones vinculadas a la edad, controles médicos más estrictos y la incorporación de la licencia digital como documento principal para circular. Estas medidas impactan especialmente en personas mayores de 65 años.
En este sentido, uno de los cambios más relevantes es la obligatoriedad de aprobar un examen psicofísico para renovar el carnet. Sin este certificado, el trámite será rechazado, lo que impedirá al conductor continuar circulando de manera legal. Además, dependiendo de cada jurisdicción, podrían exigirse otras instancias como evaluaciones teóricas, prácticas o validación de antecedentes.
En cuanto a la vigencia del registro, el nuevo esquema establece plazos diferenciados según la edad del conductor:
- Menores de 21 años: 5 años de validez.
- Entre 21 y 65 años: 5 años.
- De 65 a 70 años: renovación cada 3 años.
- Mayores de 70 años: renovación anual obligatoria.
No obstante, el anuncio generó debate, especialmente entre adultos mayores, quienes deberán cumplir con mayores controles para mantener vigente su licencia.
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