Boca
Juniors aprobó en septiembre del año pasado su Protocolo de Prevención y Acción Institucional para
casos de discriminación, acoso y
violencia por razones de género y orientación sexual con
sanciones como la amonestación, suspensión, cesantía y expulsión que podrían
caberle al futbolista colombiano Sebastián Villa, denunciado en
la Justicia por abuso e intento de homicidio.
El delantero, de 25 años, con otra causa elevada a juicio
oral por lesiones ocasionadas a su ex pareja en 2020, fue acusado por una joven
con la que inició otra relación ese mismo año por un episodio de violencia de género, abuso sexual y
tentativa de homicidio ocurrido el 26 de junio de 2021 en un barrio cerrado de
la localidad de Ezeiza.
El hecho denunciado encuadra como punible de sanción
dentro del reglamento que Boca
institucionalizó por impulso de la titular del Departamento de Inclusión e
Igualdad, Adriana Bravo, también vicepresidenta tercera de la
entidad.
Esa norma "contempla todos los hechos de violencia en
razón de género que se produzcan dentro de las instalaciones del club o que
afecten a éste, como así también todas las personas, sin necesidad de
distinguir el tipo de modalidad que los vincule con la institución".
El protocolo regula "los comportamientos, acciones, omisiones
y conductas realizadas por sus autoridades, dirigentes, asociados, asistentes,
invitados, participantes, deportistas, auxiliares, empleados/as, terceros/as
que presten servicios permanentes o temporales, gratuitos u onerosos, que
colaboren con la institución, que se encuentren en la institución o en
cualquiera de los ámbitos de aplicación y/o cualquier otra persona que se
reconozca afectada en el ámbito de la institución o que afecten al mismo".
Las situaciones de violencia reconocidas por ese
reglamento alcanzan el ámbito
físico, psicológico, sexual, económico y patrimonial y simbólico.
Entre las modalidades de violencias especificadas, la
acción de Villa podría enmarcarse en el inciso a del artículo 6, "Violencia domestica contra las mujeres",
que describe como "aquella
ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar,
independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad,
el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o
patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho
al pleno desarrollo de las mujeres".
"Se
entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por
consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las
parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo
requisito la convivencia", agrega.
La activación del protocolo requiere de la presentación
de una denuncia de la víctima o allegado a ella ante el Departamento de
Inclusión e Igualdad del club, según lo dispuesto en Boca.
Una vez producida, el Departamento de Inclusión e
Igualdad deriva a la persona denunciante a un equipo interdisciplinario creado
especialmente para el caso a los fines de una escucha activa y presencial.
Cumplida esa etapa, Boca puede iniciar un sumario contra
la persona denunciada o archivar el caso. Si hubiere sumario, la resolución quedará
a cargo del Tribunal de Disciplina del club, que deberá tener por parte al
Departamento de Inclusión e Igualdad.
"Ante
la inobservancia de este Protocolo por los responsables de su implementación,
la persona que manifestó la violencia en razón de género podrá presentarse ante
la Comisión Directiva de la Institución personalmente, por escrito o por correo
electrónico manifestando el incumplimiento respectivo, quienes deberán exhortar
al Departamento de Inclusión e Igualdad al cumplimiento del Protocolo",
concluye la norma.
En su anterior caso de violencia de género, el club no tomó una medida con el jugador
porque todavía no había sido aprobado el protocolo.
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