La medida fue adoptada en el Acuerdo de Superintendencia celebrado el 29 de octubre de 2025, en el marco de los protocolos vigentes de prevención de violencia laboral y de género. El TSJ actuó conforme a las facultades conferidas por la Constitución Provincial y la Ley Orgánica de la Función Judicial N.º 2425.
Entre las medidas preventivas, el Tribunal resolvió prohibir todo contacto entre el magistrado denunciado y la agente, garantizando su continuidad laboral en un entorno libre de presiones. Además, se ratificó la eximición de la trabajadora de cumplir tareas periciales en las causas que estén bajo la órbita del juez Jalil, hasta tanto concluya el proceso disciplinario.
El procedimiento se enmarca en el Protocolo de Actuación para la Prevención en Casos de Violencia Laboral y por Motivos de Género (Acuerdo N.º 864/23) y en el Reglamento Disciplinario para la Función Judicial (Acuerdo N.º 883/24).
El Tribunal aclaró que la decisión no implica un pronunciamiento sobre la veracidad de los hechos denunciados, sino que busca garantizar la protección integral de las partes mientras se sustancia la investigación. Reafirmó además su compromiso institucional de erradicar cualquier forma de violencia en el ámbito judicial y de promover un entorno de trabajo respetuoso y equitativo.
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