En virtud del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 830 de fecha 10 de diciembre del corriente año y el de la Función Ejecutiva Provincial Nº 2.611 de fecha 20 de diciembre del corriente año, el TSJ considerando que atento a las festividades de Navidad y Año Nuevo, las cuales constituyen motivo de reunión familiar y en vistas a posibilitar que los/as agentes domiciliados/as lejos de sus seres queridos puedan trasladarse a distintos puntos de la Provincia y del país a fin de celebrarlas, es que creyó pertinente otorgar asueto para el personal de esta Función Judicial.
Por último, se dispuso que por Secretaría Administrativa y mediante la Dirección de Recursos Humanos se efectúen las comunicaciones y registraciones correspondientes.
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