El mismo indica que la universidad debe “abstenerse de alterar las condiciones de trabajo” de los profesionales y continuar abonando en consecuencia el adicional asistencial.
Ante esta resolución que hizo lugar a su reclamo, manifestaron: “Estamos dispuestos a dialogar respetuosa y responsablemente. Instamos a la UNLAR al diálogo maduro y responsable”. Además agradecieron al Juez Federal “por devolver la paz y la tranquilidad”.
Según se conoció, la resolución dictamina:
1°) Rechazar el Recurso de Reposición intentado por la accionada en contra del proveído de fecha 02/07/2024 en lo que refiere a suspender el llamado de autos allí ordenado, sin perjuicio de lo cual procede la incorporación de la prueba documental que adjunta, a sus efectos, en mérito a lo expuesto en el Considerando 2 de la presente.
2°) Hacer lugar a la medida cautelar peticionada por los señores Dante Mario Ocampo Vacchina, María Cecilia Orelo, Alfredo Leonardo Sánchez, Hugo Tomás Herrera, Jorge Néstor Chumbita Llanos y Martha Esther Villegas, y consecuentemente ordenar a la Universidad Nacional de La Rioja, abstenerse de alterar, fáctica y/o jurídicamente las condiciones de trabajo y situación de revista de los accionantes, debiendo asimismo continuar con el pago del “adicional asistencial” previsto en los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución Rectoral no 477/2018 tal y como fuera allí estipulado; por un período de seis meses de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N° 26.854 (Medidas Cautelares contra el Estado) o hasta tanto se decida respecto de la cuestión de fondo; de conformidad a los fundamentos expuestos en el Considerando de la presente resolución y sin que ello implique adelanto de opinión sobre el fondo de la cuestión planteada.
Con información de Radio La Red
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