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Sociedad INCUMPLIMIENTO FAMILIAR

La justicia procesó a un deudor alimentario en La Rioja

 El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 1, a cargo de la Dra. Jesica Lorena Díaz Marano, quien dictó el procesamiento y prisión preventiva de Diego N. P. G. por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, previsto en el artículo 1° de la Ley N° 13.944, en perjuicio de sus hijos menores de edad y de su progenitora.

De acuerdo con la resolución, el proceso se originó a partir de la denuncia presentada por la progenitora en septiembre de 2023, quien manifestó que el imputado había dejado de cumplir con la cuota alimentaria acordada en sede de mediación familiar. En dicho acuerdo, celebrado en el año 2019 ante el Ministerio Público de la Defensa, el imputado se había comprometido a realizar depósitos mensuales destinados al sostenimiento de sus dos hijos.

Durante la investigación se incorporaron informes bancarios, constancias del acuerdo de mediación, reportes del Ministerio Público de la Defensa y dictámenes de la Defensoría Oficial de Niñas, Niños y Adolescentes, los cuales evidenciaron un incumplimiento reiterado y voluntario del pago de la cuota alimentaria desde diciembre de 2022, registrándose meses sin depósitos y otros efectuados de manera irregular.

En su análisis, la magistrada consideró que la conducta del imputado afectó directamente la economía y la subsistencia de la denunciante, configurando un supuesto de violencia económica conforme a lo establecido por la Ley N° 26.485, que protege el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.

El fallo ordena además trabar embargo sobre los bienes del procesado para responder a las costas del proceso, e inscribir la resolución en el Registro de Deudores Alimentarios en Mora (ReDAM) de la Provincia.

El imputado continuará el proceso en libertad, bajo las condiciones impuestas por el tribunal.

JUDICIALES FALLO DEUDA ALIMENTARIA
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