El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Rioja, bajo la integración unipersonal del Dr. Mario Eduardo Martínez, resolvió condenar a Luis Esteban Ávila a la pena de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. La sentencia surge tras la validación de un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía, la defensa y el propio imputado.
Ávila fue hallado autor penalmente responsable del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”. Además de la pena de cárcel, el tribunal le impuso una multa económica y el pago de las costas del proceso judicial.
Los hechos que derivaron en esta condena ocurrieron el pasado 20 de julio de 2020 en la ciudad de Chepes. Durante un procedimiento de la Unidad Operativa Especial de la Policía de la Provincia en un domicilio del Barrio Rieles, los efectivos detectaron la actividad ilícita.
Según consta en la resolución, en el lugar se encontraron 83,5 gramos de marihuana, una cantidad que, de acuerdo a las pericias químicas, “equivale a un total de ciento cuarenta y dos coma treinta y cinco (142,35) dosis umbrales”.
La sustancia no estaba en un solo bloque, sino preparada para su distribución. Los agentes incautaron 27 cigarrillos armados de forma casera y una bolsa que contenía otros 19 envoltorios de nylon con la misma sustancia, listos para ser vendidos.
Además del estupefaciente, el operativo permitió el secuestro de elementos que reforzaron la hipótesis de comercio: dinero en efectivo por un monto de $18.940, teléfonos celulares, balanzas improvisadas y restos de envoltorios.
En el fallo, el magistrado ordenó también el decomiso y la posterior destrucción del material estupefaciente incautado, así como de los elementos relacionados con el hecho juzgado.
El tribunal resolvió: “Condenar a Luis Esteban Ávila como autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (...) e imponerle la pena de Cuatro (4) Años de Prisión Efectiva”.
Finalmente, la justicia intimó al condenado a acreditar el pago de las costas procesales en un plazo de cinco días una vez firme la sentencia, bajo apercibimiento de sanciones adicionales. La causa también involucró originalmente a Alexis de Jesús Cortez, según el expediente mencionado por el tribunal.
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