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Policiales SALTA

Salta: ratificaron la constitucionalidad plena del régimen carcelario para presos de alto riesgo

La Unidad Fiscal de Salta logró que se revoque un fallo que había declarado inconstitucional dos resoluciones.

La constitucionalidad plena del régimen carcelario para presos de alto riesgo en la provincia de Salta fue ratificada y de esta manera continuarán las medidas en la que se establecen las horas de aislamiento, la visita de familiares y otras actividades en el marco del régimen para internos de gran peligrosidad en cárceles federales.

El juez federal Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas, en una audiencia de revisión, ratificó la constitucionalidad de dos resoluciones dictadas por el Servicio Penitenciario Federal (SPF) y el Ministerio de Seguridad de la Nación en el marco de la implementación del Sistema de Gestión Integral para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo (SIGPLAR).

De esta manera, el magistrado hizo lugar a una impugnación interpuesta por el fiscal general Carlos Martín Amad en el marco de un incidente abierto por el reclamo realizado por el interno Ricardo Raúl Rojas, condenado a 11 años de prisión por transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.

Rojas también fue sentenciado por la Justicia provincial a prisión perpetua por ser coautor del delito de tentativa de homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y con el concurso premeditado de dos o más personas y por el uso de arma de fuego en perjuicio de Ricardo Gerónimo; y por homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria y por el uso de arma de fuego sobre Raúl Martínez.

En razón a todos los delitos en su contra, y dadas las características de los hechos por los que fue condenado, Rojas fue incorporado al régimen del SIGPLAR, ya que, según lo acreditado en los juicios, ambos homicidios respondieron a órdenes emitidas por el interno, desde su lugar de encierro. Asimismo, fue calificado como líder de una organización narcocriminal de envergadura.

En enero del 2024 se dispuso su traslado a la Unidad Residencia VI, en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza, donde quedó alojado bajo las previsiones de este régimen, con fuertes restricciones.

No obstante, el juez dispuso reflexionar y resolvió modificar ciertos horarios impuestos al interno, dándole tres horas semanales para que realice tareas laborales o se capacite.

A su vez, le permitió obtener una hora semanal para tener contacto con educadores en un sector afín y otra para tener asistencia psicológica y sumó tres más por semana para que realice actividades físicas. En cuanto a la visita de familiares, autorizó que éstas sean con contacto físico, pero bajo una fuerte vigilancia.

De la audiencia también participaron los abogados Javier Sussini y Sandra Duarte, en representación de los intereses del Servicio Penitenciario Federal, quienes confrontaron los reclamos esgrimidos por la defensa, como así también informaron al magistrado sobre distintos aspectos relacionados al interno.

Planteos y resolución final

El 3 de octubre de 2024, la defensa impulsó un primer planteo de inconstitucionalidad contra el régimen carcelario. El mismo fue con relación al horario de aislamiento diario, establecido en 20 horas en celda y cuatro, de recreación externa.

El 1° de agosto pasado, la defensa de Rojas volvió a interponer dicho recurso de inconstitucionalidad y en este caso, el magistrado llegó a una conclusión distinta a la de su colega la anterior vez, por lo que declaró la inconstitucionalidad del denominado Procedimiento Operativo Estandarizado (POE).

Evacuadas estas consultas, el juez resolvió hacer lugar a la impugnación, por lo que revocó la declaración de inconstitucionalidad del juez de grado, por considerar que las normas en discusión no revisten carácter inconstitucional.

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