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Policiales

Denuncian el letargo judicial en una causa por amenazas

Las redes sociales viralizaron rápidamente las denuncias públicas de una víctima de violencia contra un cantante
Mariano Armagnague

Por Mariano Armagnague

En las últimas semanas una mujer se animó a denunciar pública y judicialmente a un reconocido cantante de Cuarteto de la Provincia, y a partir de allí comenzó un calvario interminable que culminó de la peor manera: recibió un puntazo en el abdomen por hombres que aseguraron haber sido enviados por el denunciado.

El caso revolucionó a la comunidad riojana, puesto que el presunto autor de los hechos es una figura pública. Las redes sociales viralizaron rápidamente la imagen del sujeto y las palabras de la víctima, donde asegura haber tenido una relación corta pero intensa, y luego, plagada de amenazas de muerte.

La causa ya se encuentra en plena etapa de investigación, y la jueza a cargo del Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores dictó una medida cautelar de restricción de acercamiento, con tobillera electrónica para el acusado, y un botón antipánico para la víctima, que se encontraba aislada en su domicilio, con temor a las represalias por haber hecho pública la situación de violencia y hostigamiento a la que es sometida desde hace aproximadamente tres meses.

NUEVA RIOJA dialogó con uno de los abogados que patrocinan a la víctima en el hecho, Santiago Chiambrando quien relató de manera detallada todas las cuestiones legales a las que la mujer fue sometida, y denunció el letargo de Fiscalía en la instancia procesal para investigar los hechos.

“El hecho puntual empieza por denuncias por amenazas contra el sujeto, y queda en manos de agentes de la justicia si el hecho existió o no. Eran vertidas de una cuenta creada a los efectos de amenazar. Desde finales de abril hasta la actualidad se hicieron reiteradas denuncias pero Fiscalía considera que no hay pruebas suficientes para la acción penal, es decir, que se trata de un hecho donde no promovieron acciones: Fiscalía que tiene el monopolio de la acción penal decide no promover porque no existen pruebas suficientes. En la etapa de instrucción deben llevar adelante la instancia penal preparatoria, con ofrecimiento y producción de pruebas”, indicó primeramente el letrado, sobre la postura de Fiscalía en la causa contra el popular cantante.

Luego de las primeras denuncias, la violencia fue avanzando por parte del sujeto, con quien la víctima tuvo una relación de pocos meses, según ella misma contó a través de redes sociales. “Estas denuncias eran por amenazas de muerte las que se vertían contra mi clienta, donde puntualmente va escalando el tenor de los mensajes amenazantes, y cuando se hace la denuncia totalizadora, con pruebas de captura de pantallas de la red social Instagram; certificado médico expedido por un psiquiatra donde se puede demostrar la configuración del hecho típico porque la mujer tiene temor”.

Primeras medidas

“Por otro lado, se fueron dando amenazas y el 12 de mayo se dictan medidas cautelares incompletas, porque salen únicamente con una prohibición de acercamiento de 200 metros, por 120 días, y una prohibición de comunicarse directa o indirectamente, no estaba como ítem. Es decir que la medida estaba incompleta desde la base. A Fiscalía le dijimos que puntualmente los hechos se estaban dando por Instagram, y era una incoherencia que no se prohíba”.

A partir de la cautelar las amenazas comienzan a ser constantes, en forma periódica, y el denunciado, “en un primer momento, respetando la presunción de inocencia, no afirmamos que sea el sino que pedíamos el secuestro del celular para saber si es que desde esa cuenta de donde se vertían las amenazas habían sido creadas por él”.

Cabe indicar que el celular de la denunciante fue puesto a disposición de la justicia desde la primera denuncia, pero, según Chiambrando, “desde Fiscalía comenzaron a tirar la pelota diciendo que no podían hacer nada”.

El ataque por encargo

Tras las reiteradas denuncias, la jueza de Género y Protección Integral de Menores resolvió una medida cautelar, y dispuso la tobillera electrónica para el acusado, y de esa manera evitar que éste se acerque a la víctima. Pero la medida no detuvo a unos atacantes que hirieron a la mujer, sosteniendo que el hecho había sido un “encargo” por parte del denunciado.

En un informe policial del momento del hecho al que tuvo acceso NUEVA RIOJA, se indica que “Manifiesta la Damnificada que mientras lo hacía circulando en su Bicicleta por calle Pichincha, a la altura del Club Social, es interceptada por dos personas de sexo masculino, a bordo de una motocicleta tipo YBR, color negra, lo cual le manifestan que le traían un mensaje de su ex pareja (...) para luego propinarle un corte superficial en el abdomen; con un elemento punzocortante y darse a la fuga”.

“La semana pasada proponemos la tobillera electrónica, y el botón antipánico y la jueza Gisella Flamini resuelve esa medida que fue acompañada por Fiscalía. Fueron entregados, y hoy (por el miércoles) ella pudo salir de la casa, retomando actividades que tenía y había relegado a partir del temor infundado. Salió a andar en bici a la mañana y la interceptó una moto negra, con dos personas a bordo, que le pegaron una piña, un golpe de puño en la cara; cayó de la bici y uno de estos ‘señores’ se abalanza sobre ella, le pega un puntazo con arma blanca, que le provoca una herida superficial” relató Chiambrando.

“Desde los actores sumariantes, y desde Fiscalía deberían tomar la denuncia, puntualmente, y consultar si se hacía la misma, porque al tratarse de un delito de instancia privada, la victima tiene que hacer una denuncia. Si en este caso, el delito fuera más grave, fiscalía no necesitaría la denuncia sino que puede promover la acción penal”, consideró.

Y denunció: “En este caso, ni la Policía ni Fiscalía se pusieron a disposición para consultar si ella debía hacer la denuncia o no. Ahora bien, mi clienta fue dada de alta en la tarde del miércoles, y se encuentra estable, y recién en estas horas realizaría la denuncia sobre el hecho puntual del puntazo, y en el caso que no se promueva la acción penal. Que se tramite en un proceso, la indagatoria, la testimonial de la denunciante para que comiencen a establecer los hechos con claridad”.

“No tenemos una etapa procesal, porque no existe proceso, es decir, Fiscalía no promueve la acción penal. Y yo no puedo probar todo el hecho, sino que existe verosimilitud que el hecho puede o no ocurrir, por lo que Fiscalía debe abrir la investigación para recopilar pruebas suficientes”, puntualizó.

Y deslizó: “es decir que Fiscalía pide a las denunciantes que lleguen con pruebas para que ellos promuevan el oficio. Que les hagan el trabajo que en realidad corresponde a los fiscales”.

El abogado Santiago Chiambrando trabaja en la causa junto con sus pares, Matías Carrizo y Juan Pablo Peñaloza Catalán.

VIOLENCIA DE GENERO

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