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Policiales JUSTICIA

Un hombre fue condenado a tres años de prisión por un caso de violencia de género

Así lo decidió el juez Ariel Bacco, quien aplicó la pena a un acusado del delito de “Lesiones Graves Calificadas por el Vínculo”, tras agredir fìsicamente a su pareja.

En la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, el juez Dr. Ariel Sebastián Bacco, resolvió hacer lugar a un Acuerdo de Juicio Abreviado, por medio del cual, condenó a un hombre mayor de edad, a la pena de tres años de prisión, por considerárselo autor penalmente responsable y culpable del delito de “Lesiones Graves Calificadas por el Vínculo”, previsto en los artículos 90 y 92 en función del 80 inc. 1 y 11 del Código Penal.

Acto seguido, el Magistrado declaró que el presente caso se enmarca como “Violencia en Contra de la Mujer”, de acuerdo a la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer "Convención De Belem Do Para", “Convención Sobre La Eliminación De Todas Las Formas De Discriminación Contra Las Mujeres”, ratificada por el Estado Argentino por medio de ley 24.632; Ley N° 26.485 “Ley de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, y ley Provincial 8561/2009.

En tercer lugar y teniendo en cuenta el acuerdo celebrado entre las partes donde se dispone una pena de tipo condicional, el Juez estableció una serie de reglas de conducta que deberá cumplir el condenado por el término de tres años, entre las que se encuentran: no cometer nuevos delitos; adoptar oficio, arte, industria o profesión, adecuado a sus capacidades; prohibición de acercamiento al domicilio de la víctima, en un radio no menor de 300 mts.; prohibición de comunicación por cualquier medio (telefónico, redes sociales, etc.); y el cese de todo acto de perturbación, intimidación o amenazas, agresión y maltrato hacia la víctima; hacer un tratamiento psicológico para asumir conductas con perspectiva de género; realizar trabajos no remunerados en institución pública o comunitaria que le asigne el Juzgado de Ejecución Penal, con la modalidad de Cuatro Horas Semanales.

El hecho fue consumado el 13 de mayo de 2021, cerca de las 14:00, en ocasión en que el condenado se encontraba en el domicilio de su pareja, situado en barrio Centro, cuando inició una discusión motivada por celos, para luego propinarle golpes de puño en el rostro a la víctima, ocasionándole sangrado por las vías respiratorias. Inmediatamente la mujer salió de la vivienda y logró llamar a su hermana a quien le pidió que alerte a la policía.

En ese instante, el agresor la tomó del cabello y la arrastró al interior de la propiedad, causándole heridas en las rodilla y brazos; además, tomó una botella de vidrio y la golpeó con la misma, produciéndole una herida cortante en la cabeza; luego continuó dándole patadas y golpes de puño, hasta que finalmente llegó personal policial y asistió a la víctima.

El juicio abreviado es un procedimiento legal y válido para dictar una sentencia, sea o no condenatoria; para el cual debe existir un acuerdo entre: un representante del Ministerio Público fiscal, el imputado y su defensor (público o privado) y la Querella si la hubiere.

JUSTICIA CONDENA POR VIOLENCIA DE GENERO

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