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Sociedad

Dos delincuentes fueron condenados por robo

Así lo decidió la jueza Karina Cabral. Uno fue condenado a ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, bajo modalidad de prisión domiciliaria. Y el otro a la pena de prisión de ocho meses de cumplimiento condicional.

La jueza Dra. Karina Cabral, en la sala unipersonal de la

Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción

Judicial, resolvió a través de un juicio abreviado, condenar, de manera

simultánea, a dos hombres mayores de edad, por considerarlos culpables y

responsables del delito de "Robo en situación de flagrancia".

En primer término, la Magistrada declaró uno a uno de los

acusados, autor penalmente culpable y responsable de los delitos de "Hurto en

Grado de Tentativa y Robo- Dos Hechos-, en situación de flagrancia", y lo

condenó a la pena de prisión de ocho meses de cumplimiento efectivo, bajo

modalidad de prisión domiciliaria.

Cabe mencionar que la modalidad de la pena fue establecida,

teniendo en cuenta que el condenado se hace cargo exclusivamente del cuidado de

su madre, una mujer 62 años de edad, que padece secuelas a raíz de haber

sufrido un ACV y cáncer, diagnóstico que la incapacita y la convierte en sujeto

de protección de la Convención Internacional sobre Derechos de las personas con

Discapacidad (Art. 1, segundo párrafo).

Posteriormente, la Jueza condenó al otro hombre, a la

pena de prisión de ocho meses de cumplimiento condicional, por considerárselo

autor penalmente responsable y culpable del delito de "Robo en situación de

flagrancia", previsto y penado en el artículo 164 del Código Penal y 321, 322

del Código Procesal Penal. Para tal caso, estableció reglas de conductas que

deberá cumplir el condenado por el término de un año, entre las que se

destacan: no cometer nuevos delitos; abstenerse de consumir estupefacientes y

no abusar de bebidas alcohólicas; adoptar oficio, arte, industria o profesión,

adecuado a sus capacidades; y completar la educación primaria y secundaria si

no las tuviere; realizar trabajos no remunerados en institución pública o

comunitaria que le asigne la Jueza de Ejecución.

Detalle de los hechos

Uno de los hechos se produjo el 11 de agosto de 2.020,

alrededor de las 23:20, en circunstancias de que Mauricio J. M. C. de 31 años,

ingresó al interior de una camioneta marca Peugeot modelo 504 que se encontraba

sin seguridad de llave, estacionada en Barrio Parque Sud de esta ciudad e

intentó apoderarse de un parlante y un estéreo, pero fue sorprendido por un efectivo

policial que circula por la zona, quien al observarlo en actitud sospechosa

trató de entrevistarlo, por lo que le condenado se dio a la fuga pero fue

demorado a pocos metros del lugar.

En tanto que el segundo hecho, tuvo lugar el martes 23 de

marzo de 2.021 a horas 03:00 aproximadamente, cuando Mauricio J. M. C. (31) y

Jorge A. A. (20), rompieron el vidrio de una automóvil marca Fiat Siena que se

encontraba estacionado en B° Parque Sud, pero al notar la presencia de la

propietaria cerca del vehículo, intentaron darse a la fuga. No obstante, fueron

demorados a pocas cuadras del lugar, con el frente desmontable de un estéreo en

su poder.

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