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Sociedad

Más riesgos para consumidores frente a la falta de controles aduaneros

A través de la Res.159/24, el Gobierno eliminó el control aduanero del etiquetado de textiles y calzado

La Secretaría de Industria y Comercio eliminó el control aduanero asociado al etiquetado de los productos textiles y de calzado importados que ingresan al país. Si bien la etiqueta con las características del producto seguirá siendo obligatoria para la comercialización en el mercado interno, se elimina la obligatoriedad del etiquetado en origen, el trámite de re-etiquetado local asociado (adaptación al Mercado Local- AML) y la fiscalización aduanera previa al despacho de la mercadería.

Hasta ayer, se garantizaba que la etiqueta del producto esté disponible de forma previa a la comercialización, pero a partir de ahora, el control de la norma pasará a ser fiscalizado exclusivamente ex post, es decir, una vez que los productos ya estén en el mercado interno.

Desde la Fundación Pro Tejer consideramos que esta medida podría generar un agravio al consumidor y a la competencia leal, confrontando deliberadamente con la operatoria que han sabido desarrollar las Aduanas de todos los países del mundo, en resguardo de sus intereses.

El primer punto para resaltar es el potencial daño al cuidado de la lealtad comercial y a la transparencia de la información a los consumidores. Todos los países que se rigen bajo las normas de la OMC tienen como principio fomentar la competencia leal, siendo la fiscalización aduanera un mecanismo esencial para garantizar una justa competencia entre la producción local y la importada, dado que se considera que la omisión, error o falsedad de la información, es una forma de engaño al consumidor.

Además, es importante destacar que el control aduanero, que el Gobierno argentino desmanteló a través de la Res. 159/24, es lo mínimo que exigen y controlan todos los países del mundo cada vez queremos exportar nuestros productos (ejemplos: Brasil, EEUU, Colombia, los países de la UE, etc.). ya que debemos sumar la fiscalización física de la mercadería, el control del etiquetado, requerimientos técnicos asociados a la ausencia de sustancias nocivas, que son solo algunos de los requisitos exigidos para entrar a estos mercados.

Cabe remarcar que no se debe confundir la intencionalidad de menor burocracia y simplificación de trámites administrativos, con el desmantelamiento de normas utilizadas por los países de la OMC, que tienen un propósito superior y cumplen con objetivos específicos.

La simplificación no siempre implica más eficacia ni eficiencia en el comercio. Agilizar tiempos administrativos y simplificar trámites es muy importante, pero no pueden ser excusa para ponerse por sobre los principios de defensa de la competencia justa ni comprometer la calidad, el cuidado y la seguridad del consumidor.

INDUSTRIA TEXTIL CONTROLES ADUANEROS
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