El video muestra a una mujer que es secuestrada en la estación de servicios, a la que le colocan una bolsa negra en la cabeza y luego es desechada en la caja de una camioneta.
La pieza audiovisual, que se adjudicó la firma Aixa Contenido Digital -que extrañamente luego de que el incidente se hiciera público a nivel nacional borró su cuenta de Instagram, donde había colgado un comunicado de disculpas- derivó en la apertura de una intervención del Juzgado de Paz y Familia en virtud de la aplicación de la Ley N° 10.956, sancionada en 2022 por la Legislatura entrerriana, que promueve «la protección integral de las mujeres en el territorio entrerriano y el abordaje integral para prevenir y erradicar la violencia por razones de género, entendiendo que la misma trasciende todos los sectores de la sociedad independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases».
Esa ley garantiza el acceso a la Justicia a las mujeres sin ningún tipo de barreras, y además en su artículo 12º estipula: «Entenderá en la causa el Juez o la Jueza que resulte competente en
razón de la materia según las modalidades/ámbitos de violencia contra las mujeres por razones de género, conforme lo establece la presente ley. En los casos de violencia contra la mujer por motivos de género en el ámbito doméstico serán competentes los Jueces o Juezas de Familia conforme la Ley N° 10.668 y será aplicable el procedimiento establecido en esa norma».
Pero además, la Ley Nacional N° 26.485 Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres impone la intervención de los Juzgados de Paz en materia de violencia, siempre que no se trate de hechos intrafamiliares. En esa intervención, la cuestión procesal la otorga la Ley Provincial N° 10.956. En el fuero de Paz de la Provincia hay un imperativo de intervención toda vez que jueces o juezas toman conocimiento de situaciones de violencia.
El material base para la apertura de la intervención el Juzgado de Paz y Familia de Crespo es la pieza audiovisual que publicó la Shell de Crespo, divulgado en forma pública en redes sociales.
La intervención penal corresponderá al Ministerio Público Fiscal, si es que se está frente a una posible comisión de un delito -como informó Entre Ríos Ahora, la Procuración abre una investigación de oficio-, pero la Justicia de Paz puede volver operativas las medidas que están previstas en la Ley N° 10.956. «Esa ley da una serie de posibilidades de intervención. Es decir -contó una fuente consultada- habilita la aplicación de cualquier medida que a la judicatura le parezca aplicable en función del tipo de violencia que ha ocurrido. Claramente, esta situación de violencia simbólica, como ha ocurrido en este caso, no aplica para una prohibición de acercamiento, porque no tiene nada que ver con el tipo de violencia que cometieron. Hay que pensar en otras medidas acordes. Pero claramente, los dueños de la empresa y toda persona vinculada a esa publicación tiene derecho a defensa en juicio, previo a la aplicación de cualquier medida. Y a los fines de poder escuchar a las personas, está prevista la audiencia».
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