Consecutivamente, ordenó el inmediato traslado de Nicolás D. C. al Servicio Penitenciario Provincial, donde quedará alojado en calidad de procesado.
Seguidamente, la Magistrada dispuso trabar embargo sobre bienes del procesado prenombrado en la suma de cien mil pesos ($100.000) para responder a pena pecuniaria y costas del proceso, según artículo 551 del C.P.P.
Durante la Instrucción, surgió de la declaración de la víctima otro hecho de abuso sexual que se habría perpetrado en la localidad e Vichigasta, por lo que la jueza declaró la incompetencia del caso y ordenó que se extraigan copias certificadas de las actuaciones y de soporte óptico – CD- del testimonio de la víctima, para que sean remitidas al Juzgado de Violencia de Género y Protección Integral de Menores de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Chilecito, para la investigación penal correspondiente.
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